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Historiador. Profesor Titular de Historia de la Cultura y del Derecho en el Seminario de Historia del Derecho del Doctorado en Ciencias Jurídicas y en la Carrera de Abogacía en la Pontificia Universidad Católica Argentina y Profesor Titular de Historia Constitucional Argentina en la UCALP:

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viernes, 13 de marzo de 2015

BENITO NAZAR ANCHORENA, MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

En la edicion de la revista Caras y Caretas del 9 de junio de 1928 vemos al Dr. Benito Nazar Anchorena presidiendo la asamblea extraordinaria de la "Sociedad de Artistas Argentinos" destinada a la reforma de sus estatutos.

JUICIO POLITICO A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION EN 1947



La Corte en 1938: sentados (izq. a der.), procurador general Juan Alvarez, ministros Francisco Ramos Mejía, Antonio Sagarna, Roberto Repetto, Luis Linares y Benito Nazar Anchorena Foto: Archivo La Nacion



Fundamentos insólitos

Hecha la presentación, no era tan fácil encuadrar a los magistrados en alguno de los cargos previstos en el artículo 45 de la Constitución Nacional: "Mal desempeño; delitos en el ejercicio de sus funciones; crímenes comunes".

Al rastrear antecedentes, el argumento más significativo se encontró en las acordadas de la Corte de 1930 y de 1943, de "legitimación de los gobiernos de facto". Una acusación insólita en el segundo caso, por cuanto los propios demandantes eran usufructuarios directos de esa asonada militar.

Para salvar las formas, Decker ensayó en los fundamentos de su proyecto esta explicación: "El juicio de responsabilidad no se sigue a instancias del Poder Ejecutivo, sino de la Cámara de Diputados, que nada tuvo que ver con el movimiento revolucionario". Era difícil creerle cuando la bancada opositora había advertido que Decker flaqueaba como titular del bloque oficialista y que esa conducción había sido confiada al titular de la Cámara, en ese momento hombre de suma confianza del presidente de la República.

El proyecto, que denostaba al régimen militar instalado en 1943, también intentaba absolver a Perón de toda responsabilidad en ese gobierno de facto, en el cual había acumulado nada menos que tres cargos con retención simultánea: la Secretaría de Trabajo y Previsión, el Ministerio de Guerra y la vicepresidencia. "En definitiva -trataba de justificar el escrito-, el hoy presidente de LA NACION sólo entró a formar parte del gobierno de facto cuando la legalidad de sus funciones estuvo declarada por la Suprema Corte."

El broche de oro del proyecto sería un párrafo que reivindicaba precisamente ese golpe de Estado del 4 de junio, bandera de la que los peronistas no podían abjurar: "El pueblo ha aprobado con su voto a la revolución, sufragando por el hombre que con su política matizó el sentido del pronunciamiento de 1943".
Pero a con

BENITO NAZAR ANCHORENA



"El Dr. Benito Nazar Anchorena, a quien el Gobierno Provisional nombro interventor en la Unviersidad de Buenos Aires.
Los hechos acaecidos en esta ultima son del dominio publico.
La renuncia del rector, las de los decanos de las facultades de Derecho y Medicina, las de los interventores en la Facultad citada en primer termino y otros sucesos han determinado la disolucion del consejo universitario por parte del Gobierno y el nombramiento del doctor Nazar Anchorena"
Caras y Caretas del 27 de diciembre de 1930


Perseguido por la tiranía peronista, dejó la Corte a raíz de un patético simulacro republicano de juicio político, cuyo argumento central era que el Dr. Nazar había "convalidado los gobiernos de facto de 1930 y 1943" (….gobierno de facto, éste último, del cual Perón había sido entre otros cargos instigador, ideólogo y golpista del GOU, Secretario de Trabajo, Ministro, ¡¡Vicepresidente de la Nación!! y aceptado un ascenso a General), cargo por cierto falso respecto de Benito Nazar, quien no había convalidado, por cierto, ningún golpe de estado ni en sus sentencias ni por adhesión a ninguna acordada.
Otro de los cargos para el juicio político era que "sus fallos eran contrarios a los principios del justicialismo" argumento en todo caso honorable y que hablaba a las claras de que cumplía con la premisa básica y razón de ser de todo el poder judicial en una república, justamente, mantenerse como un poder independiente, tal que pueda contrabalancear a las eventuales injusticias y excesos de los otros dos.
Otro de los cargos era que los Jueces de la Coste Suprema de Justicia de la Nación habían integrado continuamente la lista anual de conjueces de la Corte con "apellidos de abogados captados por el capitalismo extranjero o pertenecientes a la oligarquía dominante".
Claro, cualquier apellido que sonara más o menos vasco o a alguna calle de Barrio Norte despertaba urticaria en el Gobierno, con independencia de que se tratara de profesionales idóneos y honorables.
En fin, bajo éstos cargos debió soportar Nazar Anchorena el ser destituido por el "honorable" Congreso de la Nación -cuya honorabilidad se había reducido al "fondo residual" de los famosos 44 diputados de la oposición-algunos de los cuales ya estaban siendo expulsados de su seno.
Tras dicho juicio político tanto él como su familia sufrieron diversas persecuciones, hasta el 16 de sepiembre de 1955 cuando triunfó el movimiento cívico militar y se instalo el gobierno de la Revolución Libertadora.